Ley de Segunda Oportunidad

Cuando las deudas ya no se pueden pagar, la ley prevé una salida.

Si actúas de buena fe y no puedes pagar lo que debes, un juzgado puede exonerarte de las deudas que queden pendientes. Cuéntanos tu situación y estudiamos tu caso sin coste.

Cuéntanos tu situación

Son dos minutos. Lo que nos cuentes queda protegido por el secreto profesional de la abogacía.

Cómo funciona

  1. Nos cuentas tu situación.Unas pocas preguntas sobre lo que debes y a quién. No hace falta tener los papeles a mano.
  2. Una abogada estudia tu caso.Revisa si la Ley de Segunda Oportunidad encaja en tu situación.
  3. Te contamos qué se puede hacer.Si vemos que podemos ayudarte, te explicamos los pasos antes de empezar nada.

Antes de empezar, conviene saber

  • La exoneración la concede un juzgado. Ningún despacho puede garantizar el resultado.
  • No todas las deudas se exoneran igual: las de Hacienda y la Seguridad Social tienen un límite, y la pensión de alimentos no se exonera.
  • Hace falta haber actuado de buena fe. Lo comprobamos contigo en la llamada.
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